COLEGIO CIUDAD DE PIENDAMÓ
Derechos y deberes de los padres
"Cumple en silencio tus deberes y reclama en voz alta tus derechos"
HERRAMIENTA FUNDAMENTAL PARA LA SANA CONVIVENCIA EN LA INSTITUCIÓN
AÑO LECTIVO 2014
CAPITULO
VII
DERECHOS
Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES
Estos se encuentran establecidos en la Constitución Política ,
el Código del menor y la
Ley General de Educación. En este capítulo se resaltarán
algunos.
ARTICULO 18. SON
DERECHOS DE LOS PADRES Y ACUDIENTES
1.
Ser atendidos oportunamente por la rectoría,
el personal docente y de servicios generales.
2.
Proponer iniciativas y sugerencias que estén
de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del
plantel.
3.
Hacer reclamos justos y respetuosos, dentro
del tiempo fijado por las normas legales e institucionales, siguiendo el
conducto regular (Artículo 20).
4.
Conocer oportunamente el seguimiento escolar
y sanciones que afecten a los estudiantes, acudidos o hijos.
5.
Recibir la colaboración eficiente y a tiempo
de los diversos estamentos del plantel en los aspectos educativos y formativos.
6.
Participar en la junta y/o consejo, comité de
padres o tutores.
7.
Recibir informes sobre los logros o
dificultades alcanzados de sus hijos o acudidos.
ARTICULO 19: SON DEBERES DE LOS PADRES Y ACUDIENTES.
1. Al momento de
matricular ser conciente que la Institución es de carácter privado, por lo tanto se requiere
para garantizar el servicio, el cumplimiento de las obligaciones adquiridas.
2. Cumplir con los
requisitos establecidos para realizar la matricula académica, exigidos por el
MEN.
3. Legalizar la matricula financiera cancelando
los valores correspondientes y la firma del pagaré; el cual será devuelto al
finalizar el año escolar una vez cumplida la totalidad de las obligaciones.
4. Responsabilizarse
de la formación y educación de sus hijos en concordancia con los lineamientos
establecidos por la
Constitución Política ; artículo 17 de la Ley 115; Código del Menor y
por el presente Manual de Convivencia
Escolar.
5. Conformar un equipo
que en conjunto con los docentes propendan por que los estudiantes se formen en
principios morales, éticos y valores que contribuyan a la sana convivencia.
6.
Solicitar y recibir información sobre las normas generales y el funcionamiento
interno del plantel.
7. Asistir a las reuniones programadas por el
colegio, o cuando se requiera de su
presencia, y cuando el acudido no cumpla con sus deberes escolares deberá con
él presentar frente al grupo de clase los deberes pendientes.
8.
Acercarse personalmente a presentar
excusas por inasistencia de varios días,
por fallas o retardos y cuando desee
averiguar el comportamiento de su
acudido o hijo durante el horario establecido.
9. Velar por que su hijo (a) acudido (a) se
presente puntualmente a las actividades académicas de recuperación y nivelación cuando sea el caso.
10.
Proporcionar al estudiante un ambiente
de comprensión y respeto dentro del hogar y no recargarle de trabajo que le
impida el cumplimiento de sus labores escolares.
11.
Buscar los medios para que su acudido cumpla con todos los requisitos exigidos
por el Ministerio de Educación, de Salud
e Institucionales, tales como: certificados de estudio, registro civil, útiles
escolares, etc.
12.
Cancelar los costos educativos, matrículas, pensiones (dentro de los primeros 5
días del mes) y otros cobros periódicos conforme a la regulación que en esta materia rige por la Secretaría de educación
Departamental, so pena de ser aplazadas
las actividades académicas de acudidos por morosidad e incumplimiento de estos compromisos.
13.
Es importante tener en cuenta que para presentar las evaluaciones periódicas se
debe estar a PAZ Y SALVO por todo concepto en la Institución de lo contrario sus actividades
serán aplazadas hasta que el acudiente o tutor se presente a la institución y realice sus pagos
y acuerdos correspondientes.
14.
Apoyar las campañas para mejorar el servicio educativo, de bienestar
estudiantil, salud y consecución de materiales didácticos.
15
.Fomentar los medios de comunicación masiva en la Institución, para expresar
libremente sus opiniones.
16.
Al finalizar el año escolar es obligación del acudiente y su acudido estar a PAZ Y SALVO por
todo concepto con la institución, pero si quedase con alguna deuda pendiente,
en el momento de cancelarla el acudiente o el estudiante, deberán hacerlo de
acuerdo a los costos educativos que estén rigiendo en ese momento o con el
incremento porcentual vigente por mora.
17. promover la conformación
del consejo de Padres de familia o
acudientes para el año lectivo.
18. Mantener actualizados los números de teléfono de contacto.
19. Informar de manera oportuna a la institución el ingreso y salida del estudiante(s) en situaciones especiales.
20.Conocer y apropiarse de las horas de las horas correspondientes a todas las actividades académicas y pedagógicas institucionales a las cuales debe asistir su hijo(a)
21. Apoyar las solicitudes de ayuda profesional que haga la institución en pro del mejoramiento continuo de los procesos formativos del estudiante.
22. En el primer mes
de clases, el establecimiento educativo promoverá la constitución del Consejo
de Padres de Familia, se elegirán
dos (2) padres de familia, a quienes
se les suministrará espacio o ayudas de secretaría y tendrá como funciones:
· Velar por
el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua evaluación,
para lo cual se podrá contratar asesorías especializadas.
· Promover
programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea
educativa que les corresponde.
· Estar
pendiente de los logros y dificultades de sus hijos o acudidos con el fin de
realizar un acompañamiento continuo en el proceso de aprendizaje.
· El
consejo de padres deberá elegir dos representantes ante el consejo directivo de
la institución.
· Acordar
la distribución de los recursos que por actividades de padres de familia se recauden en beneficio
de los programas y proyectos institucionales.
· Respetar
los horarios establecidos por la institución en el desarrollo de las
actividades académicas, culturales y deportivas.
· Velar por
la atención a padres de familia en los horarios establecidos.
ARTICULO 20: PROCEDIMIENTO QUE LOS ESTUDIANTES,
PADRES Y ACUDIENTES DEBEN SEGUIR EN SUS
RECLAMOS:
Cuando a un estudiante se le haga una observación o se le llame la atención debe
aplicar las siguientes normas para evitar malos entendidos:
1. Escuchar las observaciones que le hacen los
profesores o directivos.
2. Explicar, aclarar, preguntar o presentar
excusas sobre las amonestaciones u observaciones que le hicieron.
CONDUCTO REGULAR:
3. Si el estudiante considera que las sanciones,
observaciones que le impusieron son injustas, deben comentarlas a su acudiente
y solo ó en conjunto con su acudiente en primer lugar, deben aclarar el hecho
con el profesor con el cual se presentó la dificultad.
4. Si luego de dialogar con el profesor, el
estudiante y acudiente consideran que aún no se le ha hecho justicia, deben
comunicarse con el director de grupo y presentar las inconformidades, para que
las pongan a consideración del consejo competente.
5.
Si aún después de haber intervenido el director de grupo, persiste el problema,
el estudiante y acudiente solicitará
la intervención de la coordinación ó el comité disciplinario del día que
presentó la falla o en su efecto a la Rectoría , de no encontrar solución acudirá al
personero o representante de los estudiantes
para que se discuta el caso en el Consejo Académico o Directivo quien
dará la última palabra sobre el problema a nivel institucional.
6.
Las quejas y reclamos de no ser resueltas por el Consejo Directivo, deberán
pasar a la Dirección
de Núcleo Educativo, de esta a la
Secretaría de Educación y para finalizar al M.E.N. (Se debe
tener en cuenta el conducto regular para no violar el debido proceso).
CONSEJOS
QUE PARTICIPAN EN EL GOBIERNO ESCOLAR
En este capítulo se
identifican y describen los grupos de trabajo y los diferentes estamentos que
participan en el gobierno escolar. Todos los consejos se organizan para un
período de un año escolar, según la organización curricular del establecimiento
educativo, pero seguirán cumpliendo con sus funciones hasta cuando se elijan
los nuevos líderes y se formen los nuevos consejos.
ARTICULO 25. CONSEJO
DE PADRES DE FAMILIA
Como órgano de representación de Padres de familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres o acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Está integrado por dos voceros de los padres de los estudiantes que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución, o por aclamación en una asamblea general.
Requisitos:
1.
Ser padre o madre de familia con antigüedad
mínima de 1 año en el colegio.
2.
Demostrar capacidad de liderazgo tendiente al
mejoramiento continuo de la institución.
3.
Ser un padre o madre o acudiente destacado
por su labor y compromiso con la calidad de la institución.
No hay comentarios:
Publicar un comentario